
Si necesita plantar arboledas no dude en ponerse en contacto con nosotros en el teléfono
921 52 10 63.

En nuestros viveros llevamos muchos años ofreciendo
las mejores plantas de chopo.

El chopo es uno de los cultivos de
mayor rendimiento en los terrenos adecuados. Las variedades actuales crecen mucho más deprisa. Producen una madera recta limpia muy apta para el desenrollado.

Nuestras plantas son garantía de calidad.
Esperamos servirle de ayuda.
Comprar plantas de chopo de calidad

Acudir siempre a viveros inscritos en el Registro de Productores de Plantas de Vivero. Solamente se pueden comercializar aquellos clones admitidos
en el “Catalogo nacional de clones para el género Populus L.” Los documentos
que ha de expedir el viverista con la planta son los siguientes:
Pasaporte fitosanitario.
Etiqueta del proveedor.
Documento de acompañamiento del proveedor.
Toda la planta ha de cumplir unas normas de calidad. Se deberá desechar
la que presente alguno de estos defectos: signos de desecación, asfixia, enmohecimiento
o podredumbre; heridas distintas de las causadas por la poda; afectadas
por necrosis u hongos, o con signos de ataques de plagas; con ramificaciones;
con una curvatura excesiva. Las dimensiones de la planta en cuanto a altura y
diámetro estarán en función del tipo de plantación que se vaya a efectuar y los
condicionantes de profundidad y método de plantación. Con todo, se pueden recomendar
unas características medias basadas en la nomenclatura europea:
Para plantaciones superficiales: planta de uno o dos años, altura a partir
de 3,5 metros y perímetro (medido a 1 m) de 8 a 10 cm (A1).
Para plantaciones a raíz profunda: planta de dos años, altura a partir de 5
metros y perímetros (medido a 1,30 m) de 10 a 12 cm (A2). Preferiblemente
con 6 m de altura y perímetro de 12 cm (A3).
Normativa
En la Orden de 24 de junio de 1992 se publica el
“Catálogo nacional de los clones” admitidos como materiales
de base para los materiales forestales de reproducción
relativos al género Populus L. y su ampliación por Orden
APA/544/2003, de 6 de marzo.
La normativa marco para la producción de planta se establece
en el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización
de los materiales forestales de reproducción, de
forma que cualquier clon autorizado en alguno de los países de
la Unión Europea, podría comercializarse en nuestro país, en
cualquier caso, será siempre recomendable usar los del catálogo
nacional porque son los que están experimentados y han
resultado aptos a nuestras condiciones medioambientales.
EL CHOPO. Manual de gestion forestal sostenible